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año:2011
 
institución:AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
 
institución:MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No.13155 23 de diciembre, 2011 DFOE-EC-0661 Licenciado Alfredo Cordero Chinchilla Secretario Junta Directiva AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Estimado señor: Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de Junta Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me permito remitirle el presupuesto inicial de esa entidad aprobado parcialmente por la suma de ¢14.610.609,6 miles. Sobre el particular le indicamos lo siguiente: 1. CONSIDERACIONES GENERALES 1.1. Origen del estudio y alcance El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de su Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas. Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes documentos: el presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron aprobados por la Junta Directiva, según consta en el acta de la sesión extraordinaria No. 61-2011 celebrada el 26 de setiembre de 2011, y que fueran remitidos con el oficio No. 455-GG-2011 del 30 de setiembre de 2011. El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la Contraloría General de la República, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad en relación con la etapa de formulación y aprobación interna es responsabilidad del jerarca y los ...
Fecha publicación: 13/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 10929 07 de noviembre, 2011 DJ-1218-2011 Señor Ignacio Fernando Arroniz Castillo FAX 2254-6072 Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta sobre nombramiento en puesto de Jefatura en la Municipalidad de Alajuelita, por ser un caso concreto y falta de competencia. Se refiere este Despacho a su oficio sin número de fecha 25 de octubre de 2011, recibido en esta Contraloría General el pasado 24 de octubre, por el cual se consulta sobre el impedimento que esta Contraloría interpondría para ser nombrado en el puesto de Jefe de Departamento de Inspectores de la Municipalidad de Alajuelita, ya que no cuenta con bachillerato universitario. Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428 del 07 de setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de la normativa. Por medio de la vía consultiva esta Contraloría General no está facultada para resolver casos ajenos a sus competencias, según el artículo segundo de la circular citada que dispone: “La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante.” Así, la función consultiva se circunscribe a la emisión de criterios de carácter general, sobre aspectos técnico-jurídicos y no sobre las gestiones específicas atinentes al ente consultante. Al tratarse en sentido estricto de la resolución de un caso particular, este órgano contralor no entrará a dictaminar p ...
Fecha publicación: 07/11/2011
Fecha emisión: 04/11/2011
Documento: 10929-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 09328 28 de setiembre, 2011 DFOE-DL-0836 Señor Víctor Hugo Chavarría Ureña Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA Estimado señor: Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 2-2011 de la Municipalidad de Alajuelita. Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se remite el presupuesto extraordinario Nro. 2-2011 de esa Municipalidad por un monto de ¢2.840.440,00. Al respecto, se indica lo siguiente: 1. La aplicación de los recursos provenientes del Consejo Nacional de la Persona Joven queda a responsabilidad de esa Administración, la cual debe velar porque se ejecuten acorde con lo aprobado por el mencionado Consejo. 2. El contenido presupuestario aprobado para cada partida de gastos contemplada en este presupuesto extraordinario, no podrá utilizarse para cubrir compromisos adquiridos con anterioridad a la fecha de este oficio, conforme con lo que se dispone en el artículo 103 del Código Municipal y el artículo 180 de la Constitución Política. El cumplimiento de las citadas normas jurídicas, es responsabilidad de esa Corporación Municipal. 3. La ejecución presupuestaria es responsabilidad de la Administración, por lo que cualquier error u omisión en que incurra este órgano contralor al tramitar el presente presupuesto extraordinario, no faculta a esa Municipalidad para una ejecución en contra del ordenamiento jurídico. Atentamente, Lic. German A. Mora Zamora Gerente de Área VMRS/AAS/GMZ/zwc ci Concejo Municipal de Alajuelita Expediente: P.E. 2-2011 Ni 15596 G: 2010002455-4 ] ...
Fecha publicación: 14/10/2011
Fecha emisión: 28/09/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 08522 08 de setiembre de 2011 DJ-0995-2011 Señores Emilio Arias Rodríguez María Lourdes Echandi Gurdián Miembros, Junta Directiva AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ARESEP) Estimados señores: Asunto: Se rechaza solicitud de reconsideración en relación con la opinión jurídica no vinculante emitida mediante oficio No. 07094 (DJ- 0828- 2011) de fecha 3 de agosto de 2011. Nos referimos a su escrito, sin número, presentado a esta Contraloría General de la República el día 16 de agosto del año en curso, mediante el cual se solicita evaluar la pertinencia de reconsiderar la opinión jurídica no vinculante contenida en el oficio No. 07094 (DJ-0828-2011) de fecha 3 de agosto de 2011, emitida por la División Jurídica de la Contraloría General de la República. Sobre el particular, indican los solicitantes, con el objetivo de ampliar los antecedentes de la consulta planteada por el Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en oficio número 288- RG- 2011, que en su oportunidad esa autoridad, consultó a la Procuraduría General de la República que si en vista de que el artículo 1º de la ley de creación de la ARESEP dispone que esa institución “no se sujetará a los lineamientos del Poder Ejecutivo en el cumplimiento de las atribuciones que se le otorgan en esta ley”, cabría concluir que la ARESEP se encontraba fuera del alcance del poder de dirección del Poder Ejecutivo, el cual se concretiza en el dictado de directrices, como la aludida. Igualmente, señalan los gestionantes que la Procuraduría General de la República al resolver la consulta en su dictamen vinculante No. C-102-2006 de fecha 7 de marzo de 2006, determinó que el Poder Ejecutivo sí está en capacidad de vincular a la ARESEP mediante una directriz dirigida a regular temas como el salarial y de austeridad. Asimismo, manifiestan que si bien el pronunciamiento de la Procu ...
Fecha publicación: 02/09/2011
Fecha emisión: 30/08/2011
Documento: 08522-2011.pdf
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 07094 03 de agosto de 2011 DJ-0828-2011 Señor Dennis Meléndez Howell Regulador General AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Estimado señor: Asunto: Opinión jurídica no vinculante. Se atiende consulta planteada por el Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, sobre el ámbito de aplicación de la Directriz- 13- H emitida el 4 de marzo del 2011, por la Presidencia de la República conjuntamente con el Ministro de Hacienda. Nos referimos a su oficio número 288- RG- 2011, presentado a esta Contraloría General de la República el día 8 de junio del año en curso, mediante el cual se consulta sobre el ámbito de aplicación de la Directriz-13-H, emitida el 4 de marzo del 2011, por la Presidencia de la República, conjuntamente con el Ministro de Hacienda. I. Consideraciones previas. Señala el consultante que en Alcance No. 13-A a La Gaceta número 45 de fecha 4 de marzo de 2011, se publicó la Directriz No. 013-H, la cual dispone una serie de lineamientos para la reducción del gasto público y la racionalización de su uso, entre los que se encuentran los siguientes: 1) No creación de plazas en el sector público; 2) No utilización de plazas vacantes con las excepciones allí indicadas, y 3) Las entidades públicas en su conjunto reducirán mediante modificación presupuestaria un veinte por ciento (20%) de sus presupuestos aprobados, exceptuándose las partidas de remuneraciones, transferencias y el servicio de la deuda pública, incluyendo la sub- partida de información. Asimismo, indica el consultante que el artículo 9 de la mencionada directriz, enumera un listado de instituciones públicas que están excepcionadas de la aplicación de la directriz, entre las cuales no se encuentra la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP). De igual manera, el consultante manifiesta tener dudas razonables sobre la aplicación de esa di ...
Fecha publicación: 09/07/2011
Fecha emisión: 06/07/2011
Documento: 07094-2011.pdf
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Institucionas Autonomas, Canones


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 03945 5 de mayo, 2011 DFOE-DL-0316 Señor Víctor Hugo Chavarría Ureña Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA Estimado señor: Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 1-2011 de la Municipalidad de Alajuelita. Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se le remite el presupuesto extraordinario Nro. 1-2011 de esa Municipalidad por un monto de ¢247.591.504,26. Al respecto, se le indica lo siguiente: 1. En la aplicación de los recursos provenientes de partidas específicas queda a entera responsabilidad de esa Administración el verificar la finalidad exacta establecida en la ley que les da origen. Asimismo, será responsable de velar porque esos recursos se administren tal y como lo establece la Ley Nro. 7755, relativa al Control de las partidas específicas asignadas con cargo al Presupuesto Nacional, del 23 de febrero de 1998 además, deberán atender lo señalado en los artículos 5, 7 y 25 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General, así como las regulaciones contempladas en la Circular Nro. 14299 (DFOE-188-2001) del 18 de diciembre de 2001. 2. Para la aplicación de los recursos provenientes del Fondo Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria, Ley Nro. 8114, deberán observar estrictamente lo dispuesto en dicha Ley y el Reglamento al artículo 5º, inciso b) de esa Ley, lo cual queda bajo entera responsabilidad de esa Administración. 3. Esa Municipalidad remitió como parte de la documentación, el detalle de gastos por programas a nivel de subpartida y renglón, sobre el cual esta Contraloría General no emite ningún pronunciamiento; por lo tanto, se solicita tomar las medidas necesarias y coordin ...
Fecha publicación: 13/05/2011
Fecha emisión: 05/05/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 03885 3 de mayo, 2011 DJ-0473-2011 Licenciado Daniel Quesada Mora Vicepresidente Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA Fax 2254 6247 Email dquesadamora@gmail.com Estimado señor: Asunto: Se archiva sin trámite consulta realizada por email, respecto al concurso público realizado para el nombramiento del auditor interno de la Municipalidad de Alajuelita. Nos referimos a su comunicación realizada por medio de correo electrónico, mediante la cual consulta asuntos relacionados al recurso de apelación presentado contra el concurso público realizado para el nombramiento del auditor interno de la Municipalidad de Alajuelita. Sobre el particular, nos permitimos manifestarle que se conversó con el señor Gerardo Chavarría Jiménez, Secretario Municipal, el cual, nos envió por fax copia de la nota SM-Of-163-11 de fecha 2 de mayo, dirigida al señor Gilbert Fuentes González, donde transcriben el acuerdo tomado por ese Concejo Municipal de Alajuelita en Sesión No. 52 Ordinaria, celebrada el día 26 de abril de 2011, en el que comunican la decisión tomada de declarar inadmisible el recurso presentado. Además, indican la fecha de ingreso del nuevo auditor interno señor Rafael Ángel Palma Obando que será a partir del día 27 de abril pasado. Adicionalmente, recibimos el oficio SM-Of-162-11 de fecha 28 de abril de 2011, con la transcripción del acuerdo tomado por ese Concejo Municipal en Sesión No. 51 Ordinaria, celebrada el día 14 de abril de 2011, en el que comunican “Nombrar de conformidad con el artículo 13 inciso f) del Código Municipal, como Auditor Interno al señor Rafael Ángel Palma Obando, con cédula de identidad 6-0112-0578”. 2 Por lo tanto, esta Contraloría General procede a archivar sin trámite la gestión pre ...
Fecha publicación: 06/05/2011
Fecha emisión: 03/05/2011
Documento: 03885-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 03570 25 de abril, 2011 DCA-1040 Señor Luis Fernando Sequeira Solís Auditor Interno Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta relacionada con el registro extemporáneo en el Sistema Integrado de Actividad Contractual (en adelante SIAC), de la contratación directa 2010CD-000112-ARESEP. Nos referimos a su oficio PROV-00365-2010, de fecha 24 de enero de dos mil once recibido el día 25 del mismo mes y año, por medio del cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto. I. Antecedentes de la consulta. La auditoría Interna de la Autoridad Reguladora de los Servicio Públicos, expone lo siguiente: -Que de conformidad con el estudio que se está realizando en la Auditoría Interna sobre la “Evaluación del proceso de contratación para el alquiler del edificio Multipark se observa que el Registro en el SIAC de la contratación Directa 2010 CD-000112-ARESEP se aplicó en forma extemporánea -Que la Administración activa reconoce el acto administrativo y consulta al Lic. José Antonio Solera Víquez, consultor legal, si ese hecho generar conlleva alguna responsabilidad. -Que mediante oficio JASV-010-2010 del 19 de marzo de 2010, el Lic. Solera indica al Regulador General Dr. Fernando Herrero A, lo siguiente: “…6. En el criterio del suscrito, en ningún momento se ha pretendido soslayar la formalidad de la conformación de un expediente ni hacer los registros correspondientes, si no que estos requerimientos se han cumplido según las características propias de la modalidad de selección del contratista que se ha empleado en este caso de conformidad con el ordenamiento jurídico. Lo anterior de ninguna manera es generador de responsabilidades de ningún tipo, toda vez que para ello se requieren actuaciones negligentes, originadas en una culpa grave o dolo y el caso pre ...
Fecha publicación: 28/04/2011
Fecha emisión: 25/04/2011
Documento: 03570-2011.pdf
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 02976 30 de marzo de 2010 DJ-0359 Señor Gerardo Chavarría Jiménez Secretario Municipal MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA Apartado Postal 167-1400 Alajuelita Fax 2254-6247 Estimado señor: Asunto: Se rechaza solicitud de autorización para prorrogar el nombramiento interino del Lic. Gilberth Fuentes González como auditor interno y se aprueba el concurso público junto con la terna de elegibles para la contratación del auditor interno por tiempo indefinido de la Municipalidad de Alajuelita y se devuelve copia del expediente remitido. Con la solicitud de que haga de conocimiento este oficio a los señores miembros del Concejo Municipal de Alajuelita, damos respuesta a sus oficios Nos SM-Of-131-11 y N° SM-Of- 138-11 de 23 de febrero y 16 de marzo, ambos de 2011, recibidos respectivamente el 23 de febrero y el 17 de marzo del mismo año, mediante los cuales solicita, en el primero, la autorización para prorrogar el nombramiento del Lic. Gilberth Fuentes González como auditor interno interino y, en el segundo, solicita la aprobación del concurso público y la terna de elegibles para la contratación del auditor interno por tiempo indefinido de la Municipalidad de Alajuelita. Dichas gestiones se presentan al tenor de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno (Ley Nº 8292 del 31 de julio del 2002, en adelante LGCI) y los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las gestiones de nombramiento en dichos cargos” (emitidos por la Contraloría General de la República, L-1-2006- CO-DAGJ, publicados en el Diario Oficial La Gaceta Nº 236 del 08 de diciembre de 2006) y sus reformas, emitidas con resolución R-DC-119-2009 del 16 de diciembre de 2009, publicada en La Gaceta Nº 28 de 10 de febrero de 2010. Complementan sus gestiones, los oficios Nos. SM-Of-137-11 de 16 de marzo de 2011, recibido el ...
Fecha publicación: 02/04/2011
Fecha emisión: 30/03/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE NOMBRAMIENTO INTERINO DEL AUDITOR O SUBAUDITOR INTENO
Proceso: APROBACION DE PROCESO DE NOMBRAMIENTO DE AUDITOR O SUBAUDITOR


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 00447 24 de enero, 2011 DJ-0076-2011 Señor Tomas Poblador Soto Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA Estimado señor: ASUNTO: Se rechaza consulta relacionada con salario del Alcalde Municipal Se refiere este Despacho a su oficio número AMCENº016-11 de 11 de enero de 2011, recibido en esta Contraloría General el pasado 12 de enero, en el cual se consulta sobre cual salario servirá de base para establecer el salario definitivo del Próximo Alcalde a partir del 7 de febrero, en el caso de que el salario del nombramiento en propiedad resultare inferior al que devenga en la actualidad el auditor interino. Es pertinente señalar, en primera instancia, que en el ejercicio de la potestad consultiva atribuida a la Contraloría General en el artículo 29 de su Ley Orgánica y regulada mediante la Circular no. CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (publicada en el diario oficial La Gaceta no. 107 del 5 de junio de 2000), el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas que deben ser resueltas por la administración respectiva, sino que en el ejercicio de sus funciones emite criterios generales sobre aspectos técnico-jurídicos que deben orientar a las administraciones en la toma de sus decisiones y que resultan vinculantes en lo de su competencia En atención a la citada normativa, es preciso destacar que la competencia de esta Contraloría General para evacuar consultas está referida a gestiones provenientes de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase los que se encuentran sujetos a la fiscalización de esta Contraloría General), que versen sobre materias propias de nuestras competencias constitucionales y legales como órgano de fiscalización superior de la Hacienda Pública y no que traten, reiteramos, sobre situaciones concretas que deba ...
Fecha publicación: 27/01/2011
Fecha emisión: 24/01/2011
Documento: 00447-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO